¿DE DÓNDE SACARON LOS BANCOS QUE LA GENTE SE ESTÁ INVENTANDO DEUDAS PARA NO PAGAR?

¿DE DÓNDE SACARON LOS BANCOS QUE LA GENTE SE ESTÁ INVENTANDO DEUDAS PARA NO PAGAR?

Los bancos andan desprestigiando a quienes están acudiendo a la Ley de Insolvencia Económica, al señalar que inventan deudas con abogados para defraudar el sistema, pero en realidad lo que les molesta es que la gente tenga mecanismos de solución ante dichas entidades.

Lo que no dijo Asobancaria (gremio que los representa) es que miles de personas están acudiendo a la insolvencia porque los bancos no les brindaron soluciones desde la época de pandemia donde fueron implacables con los cobros y abusos. Muchas presiones indebidas.

Es cierto que hay algunos abogados que están haciendo una mala práctica y por eso es importante que los vigilen, los denuncien y los sancionen, como ocurrió en Bogotá.

Sin embargo, la Ley de Insolvencia trae muchos beneficios para quienes deseen hacer acuerdos de pago, liquidación de deudas, levantamiento de embargos y libranzas, y otras opciones que con los bancos ha sido imposible.

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NO HAY QUE TOMAR DECISIONES DESESPERADAS, CUANDO EXISTE LA LEY DE INSOLVENCIA PARA SALIR DE LAS DEUDAS

NO HAY QUE TOMAR DECISIONES DESESPERADAS, CUANDO EXISTE LA LEY DE INSOLVENCIA PARA SALIR DE LAS DEUDAS

La desesperación de quienes tienen muchas deudas, los puede llevar a tomar decisiones como atentar contra su integridad física y mental, a enfermarse emocionalmente y afectar a sus seres queridos.

Muchas de estas personas sufren en silencio, luego de perder las esperanzas cuando el sector financiero les cerró las puertas y no les brinda solución. Para ellas todo el panorama cambió. Ya no hay risas y amabilidad de quienes les ofrecieron los créditos. La amabilidad se cambió por hostigamiento con llamadas, y amenazas de embargo. Creen que no hay otra salida.

 

Sin embargo, existe la Ley de Insolvencia Económica de Personas Naturales, que le ha devuelto la paz y la tranquilidad a miles de personas.

Con la insolvencia se levantan embargos, se evitan, se levantan libranzas, se negocian y se liquidan deudas.

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APROVECHE LA LEY DE INSOLVENCIA PARA SALIR DE TODAS LAS DEUDAS CON EL SECTOR FINANCIERO CON MUCHAS GARANTÍAS

APROVECHE LA LEY DE INSOLVENCIA PARA SALIR DE TODAS LAS DEUDAS CON EL SECTOR FINANCIERO CON MUCHAS GARANTÍAS

A los bancos y cooperativas les molesta mucho que la gente se acoja a la Ley de Insolvencia Económica de Personas Naturales Comerciantes, porque es la única forma en la que los deudores gozan de verdaderas garantías como el levantamiento de embargos o evitarlos, levantamiento de créditos por libranza, liquidación en ceros de deudas imposibles de pagar cuando no hay patrimonio. En  fin, son muchas las garantías que surgieron después de pandemia para que haya un equilibrio entre la entidad y el usuario.

Lo más importante para acogerse a la Ley, es tener deudas que superen los 40 millones de pesos con el sector financiero, que tenga libranzas, o amenazas de embargo de salario o el patrimonio.

Hay casos, cuando no hay patrimonio, en los que es posible liquidar todas las deudas en CERO, y eso lo trae la Ley para que la gente VUELVA A NACER FINANCIERAMENTE.

 

La Ley de Insolvencia Económica es completamente legal y constitucional, contrario a lo que algunos abogados que defienden al sector financiero afirman.

Explicamos que esta ley, basada en modelos estadounidenses, ha funcionado bien durante años y permite que los ciudadanos negocien tasas de interés y liquidación patrimonial, algo que antes los bancos no permitían.

Aclaramos que si hay problemas, no es con la ley en sí, sino con profesionales que la utilizan incorrectamente, lo cual ocurre en todas las profesiones. Enfatizamos la importancia de buscar abogados idóneos para llevar estos casos.

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NO HAY QUE TOMAR DECISIONES DESESPERADAS, CUANDO EXISTE LA LEY DE INSOLVENCIA PARA SALIR DE LAS DEUDAS

ES POSIBLE LEVANTAR LOS CRÉDITOS POR LIBRANZA CON LA LEY DE INSOLVENCIA ECONÓMICA DE PERSONAS NATURALES

Los pensionados, servidores públicos, y del sector privado, que tienen créditos por libranza, ahora pueden evitar que les sigan cobrando esas obligaciones, o reducir el pago, a través de la Ley de Insolvencia Económica de Persona Natural Comerciante (2445), cuando además tienen otras deudas que no están al día.

Esta es una muy buena noticia que trajo la Ley recientemente, porque las personas que tenían créditos por libranza no podían acudir a ésta, porque siempre estaban al día. Ahora, si cuentan con otras deudas, por fuera de las libranzas, pueden aprovechar.

Supongamos que un pensionado recibe una mesada de 3 millones de pesos, pero en libranzas le descuentan la mitad, y cuenta con otras deudas que están en mora. Esas deudas que están por fuera le sirven como requisito para que le levanten las libranzas y le llegue su pensión completa.

Para saber si usted puede acogerse a este beneficio de la Ley, lo invitamos a una consulta presencial o virtual sin costo, para que analicemos su caso y pueda iniciar el proceso.

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NUEVA LEY DE INSOLVENCIA ECONÓMICA PARA PERSONAS NATURALES COMERCIANTES

NUEVA LEY DE INSOLVENCIA ECONÓMICA PARA PERSONAS NATURALES COMERCIANTES

Por Juan Carlos Hurtado Ochoa, abogado.

La nueva Ley de Insolvencia 2445 que comenzó a regir desde el 11 de febrero del 2025 trae varios beneficios para aquellas personas naturales comerciantes que desean salir de las deudas.

Ahora las personas naturales también podrán ser comerciantes, siempre y cuando sus activos (fuera de vivienda y carro) no superen los mil salarios mínimos.

Quienes tengan créditos por libranza o débito automático, también podrán entrar en insolvencia, siempre y cuando tengan otras deudas (no importa el monto), pues con esa condición anteriormente NUNCA PODÍAN estar en mora. Ahora cualquier deuda adicional permite la negociación o liquidación.

Para ir a la liquidación no será necesario acudir a centro de conciliación (que tiene unos costos) siempre y cuando no haya inmuebles con hipoteca o carros con prenda. Y si tiene bienes sin garantía también debe agotar la negociación.

Quienes tengan deudas con inmuebles con hipoteca y vehículos con prenda, pueden negociar aparte para proteger esos bienes, y liquidar otras deudas que posean. Todo en el mismo proceso (negociación y liquidación). Eso no era posible anteriormente.

La insolvencia se podrá tramitar en cualquier lugar del territorio nacional o mundial, gracias a la virtualidad que ofrecen los centros de conciliación.

Desde el momento en que se inicie la insolvencia queda PROHIBIDO que los acreedores sigan llamando a cobrar. Esto será causal de sanción.

No será causal de despido o impedimento para vincular a una persona laboralmente en el sector privado o público.

Desde el momento en que se inicie el proceso (notificación) se deben suspender las libranzas, débito automático, y órdenes de embargo. No acatar esas directrices será motivo de sanciones.

La insolvencia habla solo de capitales, por eso es muy beneficiosa para quienes desean negociar o liquidar las deudas. Es la mejor manera cuando las deudas superan los 60 o 70 millones de pesos. Intentar negociar directamente con los acreedores es muy complejo.

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