Los pensionados, servidores públicos, y del sector privado, que tienen créditos por libranza, ahora pueden evitar que les sigan cobrando esas obligaciones, o reducir el pago, a través de la Ley de Insolvencia Económica de Persona Natural Comerciante (2445), cuando además tienen otras deudas que no están al día.
Esta es una muy buena noticia que trajo la Ley recientemente, porque las personas que tenían créditos por libranza no podían acudir a ésta, porque siempre estaban al día. Ahora, si cuentan con otras deudas, por fuera de las libranzas, pueden aprovechar.
Supongamos que un pensionado recibe una mesada de 3 millones de pesos, pero en libranzas le descuentan la mitad, y cuenta con otras deudas que están en mora. Esas deudas que están por fuera le sirven como requisito para que le levanten las libranzas y le llegue su pensión completa.
Para saber si usted puede acogerse a este beneficio de la Ley, lo invitamos a una consulta presencial o virtual sin costo, para que analicemos su caso y pueda iniciar el proceso.
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